Published 1999-06-15
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Abstract
Filósofos del Derecho y constitucionalistas continúan debatiendo largamente acerca de una teoría de los derechos y libertades, cuya pacífica aceptación, todavía hoy, dista desde luego de ser unánime. Aunque a ello, en verdad, no es en absoluto ajena la distinta adjetivación con que a lo largo de los dos últimos siglos se vio acompañar a ambos conceptos y no sólo en relación con su naturaleza jurídica —que, por ejemplo, diferenciaba inicialmente entre naturales y legítimos—, acerca de la cual se pronunciaban autores y legisladores, en modo alguno de forma inocente, en el transcurso de, al menos, las tres cuartas partes del siglo XIX, es su propia denominación lo que parece estar en la raíz del asunto. Y así, algo aparentemente inocuo ha concluido por generar una abundante literatura que se basa en la distinción, también en los medios académicos continentales, entre libertades políticas y derechos, o en calificar a éstos del hombre, del ciudadano, fundamentales o humanos, en todo caso con proyección universal o más restringida, poniendo de relieve, como ya exponía Bobbio, la ambigüedad y heterogeneidad -siempre, eso sí, en favor de unos intereses ideológicos determinados- que tal categoría reviste desde su creación...