Las implicaciones constitucionales del incumplimiento del deber de plantear cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea
(Una aproximación «post-Lisboa»)
Palabras clave:
Tratado de Lisboa, Tribunal de Justicia de la UE, Cuestión prejudicial, Incumplimiento del deber de plantear cuestión prejudicial, Derechos a la tutela judicial efectiva y a un proceso con todas las garantías, Tribunal Constitucional, SSTC 58/2004, 195/2006 y 78/2010Resumen
Una discusión ya antigua: las consecuencias del incumplimiento por un juez nacional del deber de plantear cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. En particular, su incidencia sobre el derecho a obtener la tutela judicial efectiva. La posición del Tribunal Constitucional español ha evolucionado con el paso de los años y, partir de la STC 58/2004 (con sus epígonos: SSTC 194/2006 y 78/2010), ha clarificado algo su posición. No obstante, el debate no está cerrado. Por un lado, esa doctrina necesita ser perfilada y, por otro, debe adaptarse a un escenario “post-Lisboa”, singularmente al nuevo papel de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y al deber de los Estados miembros de establecer vías de recurso que garanticen la tutela judicial en los ámbitos cubiertos por el derecho de la Unión. Un nuevo escenario en el que el Tribunal Constitucional español, como juez comunitario, está llamado a cumplir un relevante papel.