Reglamento
Con el propósito de impulsar y ampliar la investigación en el ámbito del Derecho público se crea la Revista de Derecho Público: Teoría y Método (en adelante, la Revista)
La Revista de Derecho Público: Teoría y Método es una publicación de carácter semestral dirigida a la comunidad académica internacional interesada en Derecho público.
Con el fin de facilitar y guiar la evaluación externa de la Revista, el Comité de Dirección, en la composición final que se detalla en el Anexo I, ha aprobado el presente Reglamento. En él se detalla la estructura y funcionamiento de la Revista.
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1. Denominación, identificación y responsabilidad de la edición
- RDP-TM es el acrónimo de la Revista, y es propiedad de la Marcial Pons Ediciones Jurídicas y Sociales, S.A., que se encargarán de su edición.
- La Revista no se hace responsable de las opiniones expresadas por las personas a las que corresponda la autoría de los trabajos publicados. Cualquier reclamación sobre tales opiniones deberá cursarse a dichas personas.
Artículo 2. Organizaciones patrocinadoras
- La Revista podrá contar con el patrocinio de sociedades científicas, asociaciones profesionales, universidades, organismos de investigación u otras entidades de reconocido prestigio en el ámbito del Derecho público, apoyando y avalando su actividad.
- Si existieran, el listado de organizaciones patrocinadoras se publicará en la web de la revista.
Artículo 3. Derechos de edición y publicación
- En cualquier reproducción o traducción deberá hacerse constar la referencia a la Revista como lugar de publicación original.
- Los autores mantienen los derechos de autor en la publicación y sólo autorizan a la editorial Marcial Pons los derechos no exclusivos de la publicación y distribución de los artículos. Todos los artículos en la Revista se publican bajo una licencia Creative Commons Attribution-4.0 International (CC BY 4.0) licence, que permite el libre por terceros del libre uso, distribución y reproducción en cualquier medio, siempre que el original sea citado de forma apropiada.
- La Revista permite a los autores depositar en repositorios institucionales o temáticos de acceso abierto la versión final de sus artículos una vez publicados.
- Los autores serán los responsables del respeto a la propiedad intelectual en la reproducción de materiales para la elaboración de sus trabajos.
Artículo 4. Objetivos
- La Revista tiene como objetivos:
- La creación y difusión del conocimiento científico en el ámbito del Derecho público.
- Favorecer la reflexión y el debate sobre el Derecho público, principalmente desde el punto de vista teórico y metodológico.
Artículo 5. Periodicidad y formato
- La Revista tendrá una periodicidad semestral. Se publicará en edición digital.
- No obstante lo dispuesto en el punto primero, se podrá publicar anualmente uno o varios números monográficos con carácter extraordinario.
Artículo 6. Lenguas
- En la Revista podrán publicarse trabajos originales en inglés, español y las demás lenguas oficiales de España. Cuando razones científicas lo justifiquen, también se aceptarán y publicarán trabajos en otros idiomas, señaladamente en alemán, francés, italiano y portugués.
Artículo 7. Temas de interés y ámbito geográfico
- La Revista publica artículos de investigación originales e inéditos en materia de Derecho público. También publica traducciones inéditas de artículos publicados originariamente en otra lengua, con respeto a los correspondientes derechos de propiedad intelectual. Su ámbito geográfico lo constituye, preferentemente, Europa e Iberoamérica.
Artículo 8. Personas a las que va destinada
- La Revista es una publicación científica dirigida a la comunidad académica interesada en Derecho público.
CAPÍTULO II
Organización del equipo editorial
Artículo 9. Organización
- Son órganos colegiados necesarios de la Revista: el Comité de Dirección, el Comité Editorial y el Comité Asesor.
- Pese a no tener la consideración de miembros de la organización de la Revista, ésta contará con la participación de revisores externos. Tienen dicha condición las personas encargadas de la evaluación de los trabajos presentados para su publicación en la misma.
- Asimismo, la Revista contará con personal de gestión del proceso editorial, que se encargarán del proceso de edición y maquetación de los números, publicidad, marketing, redes sociales, etc.
- El Comité de Dirección, el Comité Editorial y el Comité Asesor podrán celebrar sesiones conjuntas, tanto en forma presencial como telemática.
Artículo 10. El Comité de Dirección
- El Comité de Dirección estará integrado por cuatro miembros, un/una director/a y tres vocales.
- El Comité de Dirección estará presidido por el Director de la Revista, que será elegido por el Comité Editorial de entre profesores universitarios e investigadores que ostenten el título de Doctor/a en Ciencias Jurídicas.
- La codirección corresponderá a tres personas designadas por el/la director/a del Comité de Dirección, elegidos entre profesores e investigadores con el título de Doctor/a en Ciencias Jurídicas. Los miembros del Comité de Dirección forman parte también del Comité Editorial.
- El Comité de Dirección ejerce sus funciones por un lapso de dos años, desde la fecha de su constitución. Antes de la expiración de su mandato, el director saliente propondrá al Comité Editorial el nombramiento de un director o directora para los siguientes dos años. Una vez aceptado el nombramiento por el Comité Editorial, la nueva persona designada nombrará a los otros tres miembros del Comité de Dirección para el siguiente mandato de dos años.
- Son funciones del Comité de Dirección:
- Proponer instrucciones sobre la evaluación de los originales, así como los formularios oportunos.
- Proponer normas técnicas de gestión del proceso editorial.
- Proponer normas técnicas para la publicación de la Revista, dentro de las cuales se incluirán las menciones necesarias que han de figurar en las mismas para garantizar su calidad informativa y los instrumentos necesarios para medir la difusión e impacto.
- Proponer el Código Ético y de Buenas Prácticas de la Revista.
- Determinar las líneas editoriales de la Revista.
- Solicitar colaboraciones para incrementar el impacto y la visibilidad de la Revista.
- Controlar la calidad de las evaluaciones externas.
- Preaceptar los trabajos para su evaluación por revisores externos, en función de su ámbito temático y de su interés para sus destinatarios/as.
- Aceptar provisionalmente los trabajos para su publicación en la Revista, una vez recibidas las evaluaciones externas.
- Diseñar el contenido de cada número de la Revista, para su aprobación por el Comité Editorial.
- Seleccionar los comentarios generados desde la publicación inicial de cada estudio (“open first”) que finalmente se incluirán en la composición definitiva de cada número.
- Proponer al Comité Editorial la publicación de números extraordinarios
- Las reuniones del Comité de Dirección se realizarán, preferentemente, por medios telemáticos.
Artículo 11. La Dirección unipersonal
- Son funciones de la Dirección, como cargo unipersonal:
- Representar a la Revista.
- Nombrar y cesar a las personas que tienen la condición de revisores externos y colaboradoras de la Revista.
- Nombrar y cesar a las personas integrantes del Comité Editorial y del Comité Asesor.
- Fijar el orden del día, convocar y presidir las reuniones del Comité Editorial y del Comité Asesor.
- Adoptar todas aquellas decisiones o actos que este reglamento no atribuya a otro órgano.
Artículo 12. El Comité Editorial
- El Comité Editorial estará integrado por el/la director/a de la Revista, que lo presidirá, por los demás miembros del Comité de Dirección, el más joven de los cuales actuará como secretario/a, y por otros 7 vocales nombrados por el/la directora/a entre personas con especial vinculación y prestigio en el ámbito del Derecho Público.
- El número máximo de integrantes del Comité Editorial que pueden pertenecer a una misma institución será de tres y al menos el 25 por 100 de sus miembros pertenecerá a instituciones extranjeras.
- Los miembros del Comité Editorial ejercen sus funciones por dos o por cuatro años:
- El plazo de dos años rige para los miembros del Comité Editorial que son también miembros del Comité de Dirección. Con la expiración del mandato en el Comité de Dirección termina también su pertenencia al Comité Editorial.
- El plazo de cuatro años rige para los demás miembros del Comité Editorial.
- La cobertura de cualquier vacante se decidirá por el/la directora/a de la Revista.
- Para la válida constitución del Comité Editorial, en segunda convocatoria, será suficiente la presencia de la tercera parte de sus integrantes, incluido el/la presidente/a.
- Son funciones del Comité Editorial:
- Aprobar las instrucciones sobre la evaluación de los originales, así como los formularios oportunos.
- Aprobar las normas técnicas de gestión del proceso editorial.
- Aprobar las normas técnicas para la publicación de la Revista, dentro de las cuales se incluirán las menciones necesarias que han de figurar en las mismas para garantizar su calidad informativa y los instrumentos necesarios para medir la difusión e impacto.
- Aprobar el Código Ético y de Buenas Prácticas.
- Aprobar la publicación de números extraordinarios.
- Aceptar definitivamente los estudios para cada número ordinario o extraordinario de la Revista.
- Las sesiones del Comité Editorial tendrán lugar, preferentemente, por medios telemáticos.
Artículo 13. El Comité Asesor
- El Comité Asesor está formado por un/a presidente/a, un/a secretario/a y por otros vocales académicos/as de reconocido prestigio en el ámbito de las Ciencias Jurídicas, designados/as por el/la director/a de la Revista.
- El número máximo de integrantes del Comité Asesor que pueden pertenecer a una misma institución será de tres y al menos el 30 por 100 de sus miembros pertenecerá a instituciones extranjeras.
- Son funciones del Comité Asesor:
- Proponer acciones de mejora de la calidad de la Revista.
- Proponer acciones de mejora de difusión de la Revista.
- Proponer acciones de incremento del impacto de la Revista.
- Proponer acciones de garantía del correcto funcionamiento de la Revista.
- Asesorar al Comité Editorial en todo aquello que le sea sometido a consulta.
- Las reuniones del Comité Asesor se realizarán, preferentemente, por medios telemáticos.
Artículo 14. Personal de apoyo técnico
- En el ejercicio de sus funciones, el Comité de Dirección contará con el apoyo técnico y de gestión de la editorial Marcial Pons.
Artículo 15. Revisores externos
- La Revista contará con una base de datos de revisores externos de reconocido prestigio completamente ajenos al equipo editorial y a la entidad editora de la Revista, seleccionados para evaluar de forma anónima y confidencial la originalidad, novedad, relevancia y calidad metodológica de todos los manuscritos recibidos, cuya autoría también se preservará (doble ciego).
- Este personal tendrá el título de doctor/a y la condición de profesor universitario o de miembro de un centro de investigación.
- Al menos el 20 por 100 de los miembros del panel de revisores estará vinculado a instituciones no españolas.
- El listado de revisores se publicará en la web de la Revista.
CAPÍTULO III
Estructura de la revista
Artículo 16. Secciones
- La revista está formada por dos secciones: estudios y debates.
Artículo 17. Sección de estudios
- Los estudios son trabajos de investigación consistentes en aportaciones doctrinales originales e inéditas.
- Los estudios tendrán como máximo 40 páginas, en el formato general establecido por las normas editoriales de publicación de la Revista.
- El contenido de esta sección supondrá como mínimo el noventa por ciento del total de la extensión de la Revista.
Artículo 18. Sección de debates
- La sección de debates es aquella en la que los lectores pueden criticar y discutir los trabajos publicados, introduciendo valoraciones a los estudios publicados provisionalmente (open first).
- La presentación de comentarios podrá realizarse respecto de aquellos estudios evaluados y aceptados, una vez publicados de forma abierta y preliminar en el portal electrónico de la Revista y hasta el momento del cierre de cada número.
- Los comentarios tendrán una extensión mínima de 1 página, y una máxima de 5.
CAPÍTULO IV
Gestión del proceso editorial
Artículo 19. Envío de los estudios
- Los trabajos se enviarán al Comité de Dirección de la Revista por los medios informáticos que se establezcan al efecto.
- Los trabajos originales se enviarán al Comité de Dirección a través de la plataforma electrónica de la Revista. El autor completará todos los campos desplegados en la herramienta electrónica de envío.
- El texto del artículo no incluirá ni el nombre del autor ni ninguna filiación que permita su identificación. Tampoco incluirá notas de agradecimiento que permitan la identificación del autor.
- Los originales no superarán las 40 páginas. Se remitirán en formato Word, y conforme a cualesquiera normas bibliográficas y de estilo comúnmente admitidas por la comunidad académica. Ello no obstante, los trabajos aceptados para publicación deberán adaptarse por el autor al formato único de edición que se especifica en la plataforma electrónica de la Revista. Los originales estarán redactados con lenguaje inclusivo y evitando toda forma de discriminación ilícita.
- Con el envío del original, su autor declara: que conoce el código ético y de buenas prácticas de la Revista, que los acepta, y que la versión del trabajo que envía no ha sido publicada ni se encuentra en proceso de publicación en otra revista o libro.
- En el mensaje de remisión de los estudios se identificará a todas las personas autoras de cada original, indicando los nombres, apellidos, correo electrónico, código ORCID, institución de adscripción, país de la institución de adscripción y correo electrónico.
Artículo 20. Recepción de los estudios
- Una vez recibidos los trabajos, se enviará acuse de recibo a los/as autores/as con la indicación de la duración aproximada del proceso de evaluación.
- En ningún caso se certificará la evaluación de los trabajos antes de su aceptación definitiva.
Artículo 21. Evaluación de los estudios
- Los trabajos recibidos serán analizados por el Comité de Dirección y si a su juicio reúnen los requisitos exigidos en este reglamento y en las demás instrucciones aplicables, comenzará su proceso de evaluación en un plazo máximo de 5 días desde su recepción. En caso contrario, serán devueltos a sus autores/as motivando la decisión.
- Los trabajos seleccionados de acuerdo con el punto anterior serán enviados para su evaluación confidencial, debidamente anonimizados, a dos revisores designados por el Comité de Dirección cuya identidad será preservada (doble ciego).
- La revisión externa valorará la originalidad, actualidad y novedad, relevancia y significación de los estudios para el avance del conocimiento científico, así como aspectos relativos a la fiabilidad y validez científica: calidad metodológica contrastada, presentación, redacción y sistemática.
- La evaluación se remitirá, por los medios informáticos que se establezcan al efecto, al Comité de Dirección en un plazo máximo de quince días, y su resultado final podrá consistir en: a) publicar sin cambios; b) publicar con modificaciones puntuales; c) publicar con modificaciones sustanciales; d) rechazar.
- Los resultados de la evaluación se comunicarán por los medios informáticos establecidos al efecto a los/as autores/as de los trabajos, acompañando un resumen de los puntos principales de los informes de las personas que realizaron la evaluación, omitiendo su identidad, en aquellos casos donde sea necesario realizar modificaciones.
Artículo 22. Aceptación provisional de los estudios
- El Comité de Dirección aceptará provisionalmente para su publicación los trabajos con dos evaluaciones positivas, aunque éstas incluyan sugerencias de modificación. En este último caso, devolverá el trabajo a quien lo haya presentado para que incorpore dichas sugerencias en el plazo improrrogable de diez días.
- No se publicarán los trabajos que tengan dos evaluaciones negativas o una negativa y otra con modificaciones sustanciales.
-
En caso de que una de las evaluaciones proponga el rechazo de la publicación o la realización de modificaciones sustanciales, el comité de dirección podrá optar entre:
a) Remitir al autor la evaluación negativa, a fin de que considere los comentarios y reenvíe un manuscrito revisado. Recibido el manuscrito modificado, el comité de dirección valorará si el nuevo texto ha superado las objeciones señaladas en el informe de referencia, lo que será determinante para aceptar provisionalmente o rechazar su publicación. b) Solicitar un tercer informe. Si este nuevo informe es favorable, el comité de dirección aceptará provisionalmente su publicación; y si el informe rechaza la publicación, o propone nuevas modificaciones sustanciales, el comité de dirección acordará la no publicación.
Artículo 23. Aceptación definitiva de estudios
- Cada estudio aceptado provisionalmente se someterá a ratificación del Comité Editorial. El acuerdo del Comité Editorial tendrá lugar en un plazo máximo de 5 días, desde su recepción.
- Los resultados del proceso descrito serán inapelables en todos los casos.
- Una vez aceptado definitivamente el estudio, y solamente para el caso de que el original evaluado no cumpliera con las reglas formales de publicación, se devolverá a su autor para la correspondiente adaptación.
- La versión final deberá incluir los nombres de los autores y su filiación. Cuando sean varios los autores, irá primero el autor con mayor responsabilidad o dedicación a la elaboración del artículo. En su caso, una llamada inicial a pie de página precisará las partes del artículo que han sido redactadas por cada autor.
- La versión final también precisará en una llamada inicial a pie de página, en su caso, las fuentes de financiación del artículo. Cuando se trate de subvenciones públicas, se especificará el código correspondiente.
Artículo 24. Publicación abierta provisional
- Los estudios originales aceptados definitivamente aparecerán directamente en el portal electrónico de la Revista. Esta publicación inicial llevará paginación e identificación electrónica definitiva, siguiendo el orden de aparición electrónica.
Artículo 25. Comentarios para la sección de debates
- A partir de la publicación provisional de cada estudio, se abrirá la posibilidad de remisión de comentarios a través de la herramienta electrónica específica de la propia Revista.
- Los comentarios aparecerán publicados provisionalmente en el propio portal de la Revista, salvo que por infringir la política editorial de la Revista o su código ético, o por no contener ninguna aportación científica de utilidad, el comité de dirección decida que no procede su publicación provisional.
Artículo 26. Composición final de cada número
- Cada número de la Revista se compone de:
- Los estudios que han sido objeto de aprobación y publicación provisional
- Y los comentarios a cada estudio que, a la finalización de cada semestre, el Comité de Dirección seleccione en atención a la calidad de su contenido y por su utilidad para la discusión científica.
- El Comité de Dirección cuidará de que en cada número, como mínimo: el 85% de los trabajos publicados sean obra de personas externas al Comité Editorial y al Comité Asesor y el 10% de los trabajos publicados provengan de personas vinculadas a instituciones extranjeras. A tal fin, cuando en el proceso de formación sucesiva y provisional de cada número se hayan alcanzado los mencionados umbrales, el Comité de Dirección comunicará a los miembros del Comité Editorial y del Comité Asesor que cualquier estudio que se propusieran enviar a la Revista sólo sería evaluado y admitido para el siguiente número.
DISPOSICIÓN FINAL
Única. Entrada en vigor
Este reglamento entrará en vigor al día siguiente de su aprobación por el Comité de Dirección de la Revista.
Anexo
Composición inicial del comité de direccion
El primer comité de dirección de la revista, autor del presente reglamento, está integrado por:
Francisco Velasco Caballero, Diana Santiago Iglesias, Gabriel Doménech Pascual y Rosario Leñero Bohórquez
Composición inicial delos comité de la Revista
El primer comité de de la revista está integrado por:
Mercè Darnaculleta i Gardella, Gabriel Doménech Pascual, Rosario Leñero Bohórquez, Raúl Letelier Wattemberg, Elisenda Malaret i García, Alba Nogueira López, Diego Pardow Lorenzo, Matthias Ruffert, Héctor Santaella-Quintero, Claudia Tubertini, Diana Santiago Iglesias, Francisco Velasco Caballero