Los asuntos Louboutin contra Amazon (C-148/21 y C-184/21) y la responsabilidad directa de los intermediarios de internet por infracción del Derecho de marcas en la Unión Europea
Publicado 2023-09-29
Palabras clave
- mercado electrónico,
- uso de un signo idéntico a una marca ajena,
- uso de la marca para productos o servicios protegidos por la marca
Cómo citar
Resumen
En el caso Louboutin contra Amazon (C-148/21 y C-184/21), se ha solicitado al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que determine si y, en caso afirmativo, en qué condiciones, el operador de un mercado electrónico híbrido puede ser declarado responsable en virtud del artículo 9, apartado 2, del Reglamento 2017/1001, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de junio, sobre la marca de la Unión Europea por la visualización de anuncios y la entrega de productos infractores que se ofrecen a la venta y se colocan en el mercado por iniciativa y bajo el control de vendedores independientes que se sirven de los servicios de ese operador. Este trabajo tiene por objeto abordar el contexto en el que deben evaluarse estos asuntos acumulados y analiza las condiciones en que el operador del mercado electrónico descrito debe ser considerado directamente responsable de la infracción marcaria.